CONDICIONES de ALQUILER
Espino Cars S.L. en adelante con el nombre de la marca FULLCARGO le da la bienvenida a la web https://fullcargo.es ofreciendo unos precios y condiciones especiales que se aplicaran exclusivamente a las reservas realizadas a través de la web. A continuación, detallamos condiciones para el alquiler y copia de las condiciones del contrato del alquiler. Es muy importante que usted lea y entienda todo el contrato antes de firmarlo a la hora de la recogida.
1. REQUISITOS Y RESERVA
La edad mínima para realizar reserva y/o alquiler es de 25 años, con una antigüedad mínima de 2 año en el permiso de conducir con validez en España.
Las reservas pueden hacerse en nuestras oficinas, vía telefónica o a través de nuestra web. Al realizar su petición de reserva a través de nuestra web, recibirá dos e-mails en la dirección facilitada en el formulario para este fin:
- Primer e-mail con la confirmación de la recepción de sus datos.
- Segundo e-mail con la confirmación o denegación de la reserva. Con la confirmación recibirá un número de reserva con indicaciones y localización del punto de entrega que deberá presentar al retirar el vehículo adjuntando.
- También puede realizar la reserva a través de línea telefónica
A la retirada del vehículo es imprescindible presentar una tarjeta de crédito válida a nombre del conductor y/o arrendatario para efectuar el pago. Además, deberán presentar el carnet de conducir en vigor y DNI/NIE, tarjeta de identificación y/o pasaporte que sea identificación acreditativa legal.
Los vehículos se mantendrán durante dos horas máximo, después de la hora especificada en la reserva, y cuando no se recojan dentro de este tiempo pasan a dejar de estar disponibles por lo tanto se cancela su reserva automáticamente.
Las preferencias específicas de marca/modelo están sujetas a disponibilidad en el momento del alquiler. No va vinculado necesariamente a un vehículo concreto sino a un grupo de vehículos similares en características técnicas y de habitabilidad/volumen.
Para modificaciones o cancelaciones debe contactar con nosotros con un tiempo adecuado para que las modificaciones y/o cancelaciones sean procesadas. Si la modificación de la reserva altera el valor, FULLCARGO utilizará las tarifas vigentes para calcular dicho importe. Cuando no sea posible modificar una reserva por falta de disponibilidad se podrá rechazar la confirmación.
Una reserva no se podrá cancelar una vez se haya servido el vehículo (existencia de contrato de alquiler) .
La entrega y devolución se realizará en cualquiera de nuestras oficinas previamente seleccionadas en la reserva. Para los alquileres que devuelven el vehículo en una ubicación diferente a la de recogida bajo autorización previa, tendrán un cargo de “one-way”.
En determinadas ocasiones FULLCARGO podrá exigir al cliente el depósito de una fianza con tarjeta independientemente del seguro que tenga contratado.
Cualquier reserva que comience fuera de las horas habituales de apertura en aquellas oficinas que se permita reservar “fuera de horas” conllevara un cargo extra de 20 €, previa confirmación.
FULLCARGO se reserva el derecho de denegar o rechazar, una solicitud de reserva en caso de falta de disponibilidad, solicitud incompleta, cuando no cumplan con las condiciones aplicables o con las reglamentaciones vigentes.
El tratamiento de sus datos personales en nuestra web así como otras condiciones legales asociadas con el funcionamiento de la plataforma a estos efectos pueden ser consultados por Ud. Si lo desea, a través del siguiente enlace de información: Políticas de Privacidad de Datos y Cookies.
2. CONDICIONES CONTRATO ALQUILER
La empresa de alquiler de vehículos sin conductor ESPINO CARS, S.L. (“Arrendador”) identificada en el contrato reseñado, y la/s persona/s física/s que aparece/n como contratantes en su condición de conductor/es y/ o pagador/es, en su propio nombre y/o en el de la sociedad también identificada en dicho contrato en la condición de Arrendatarios Solidarios («el Arrendatario»), convienen el alquiler del vehículo identificado en el contrato, («el Vehículo»), de conformidad con las condiciones contenidas en el contrato reseñado, en este documento anexo al mismo, y en la tarifa general vigente una copia de la cual se encuentra a disposición del Arrendatario en la oficina arrendadora. El arrendatario recibe en alquiler el vehículo y accesorios descritos en el anverso del contrato, en perfectas condiciones de funcionamiento y se compromete a conservarlos y conducir el vehículo cumpliendo las normas del Código de la Circulación. Reunidos en la fecha del encabezamiento del contrato de alquiler, se reconocen mutuamente la capacidad necesaria para la firma del presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO del vehículo que se especifica, y
EXPONEN
I.- Que ESPINO CARS, S.L. está facultado para ceder el uso del vehículo cuya descripción, bastidor y matricula constan en este contrato (en adelante el “Vehículo”) y está interesado en arrendarlo y tiene intención de suscribir con el cliente un contrato de ARRENDAMIENTO del Vehículo sin conductor durante el periodo en días señalado en contrato, para que el cliente lo incorpore a su actividad profesional de transporte. Solo podrá ser prorrogado el arriendo mediante convención expresa en este sentido. El retraso en la devolución del vehículo hará incurrir al arrendatario en una multa de 150€ por cada día de retraso. Sin perjuicio de las demás acciones civiles o penales que se pudieran intentar en su contra.
- Que el Arrendatario está interesado en el alquiler de dicho vehículo.
III.- Que ambas partes han acordado formalizar en este documento contrato de arrendamiento (en adelante el “Contrato”) sobre el Vehículo, y deciden llevarlo a cabo de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
1. Objeto
1.1. ESPINO CARS, S.L entrega en arrendamiento al Arrendatario el vehículo reseñado en el presente contrato, haciéndose el Arrendatario cargo de cuantas responsabilidades puedan contraerse por la tenencia y uso del vehículo a partir del momento de la entrega y hasta tanto proceda a su devolución al Arrendador. El presente contrato no atribuye ningún derecho de propiedad al arrendatario. El Arrendatario está obligado a conservar el Vehículo hasta la entrega y recepción del mismo con la diligencia exigida en el artículo 1904 del vigente Código Civil español, y a llevar siempre su ejemplar del contrato de alquiler vigente a bordo del Vehículo. Asimismo, se compromete el Arrendatario a utilizarlo y conducirlo cumpliendo con las normas del Código de Circulación vigentes en el lugar y en el momento de prestación del servicio y conforme a las especificaciones de uso del tipo de vehículo arrendado.
1.2. El Arrendatario reconoce que ha recibido el vehículo en perfecto estado de funcionamiento y limpieza, con la carrocería, tapizado, neumáticos, faros y accesorios en buenas condiciones de uso, y la documentación necesaria para circular con el mismo. El Arrendatario ha de proceder a la reposición de cualquier elemento del vehículo que resultase averiado o extraviado por causas imputables al Arrendatario, y abonar todos los importes afrontados por el Arrendador que hayan derivado directamente de la utilización del vehículo por el Arrendatario que le sean imputables a éste. El Cliente será responsable por la actuación del conductor y ESPINO CARS, S.L., declina toda responsabilidad, tanto en el ámbito penal, como civil y administrativa, como consecuencia de aquellos accidentes de circulación en los que se pueda ver implicado el conductor. En caso de que algún organismo oficial requiriera a ESPINO CARS, S.L. para que identifique al conductor del Vehículo en un determinado día y hora, el Cliente se obliga a facilitar a ESPINO CARS, S.L. dicha información sin demora.
1.3. Queda expresamente prohibido al Arrendatario variar cualquier característica técnica del vehículo, equipamiento o aspecto exterior y/o interior, debiendo correr en caso de hacerlo con los gastos de reacondicionamiento del vehículo a su estado original y abonar una cantidad en concepto de indemnización por inmovilización del vehículo que se fija en el precio diario de alquiler por los días que esté inmovilizado.
2. Duración
2.1. La duración del presente contrato está reflejada en el contrato. Finalizado el plazo estipulado se procederá a la devolución del vehículo, sin necesidad de requerimiento con renuncia expresa a los establecido en el artículo 1.566 del Código Civil. 2.2. El arrendatario se compromete a devolver el vehículo al arrendador en el lugar, fecha y hora previstos en el contrato. Únicamente se considera terminado el alquiler una vez que el vehículo y las llaves de este hayan sido entregadas al arrendador. Al igual que los extras y documentación.
3. Pagos y cargos derivados del alquiler
3.1. El precio del alquiler es el expresado en el contrato de alquiler y está establecido en función de la tarifa general vigente en lo referente a servicios, impuestos, seguros y/o exenciones opcionales, y por el precio pactado con el Arrendatario en el momento de realizarse el alquiler según la tarifa seleccionada.
3.2. La duración del alquiler es la pactada en el contrato, y se facturará en base a periodos de 24 horas, contados desde la hora en que éste se hubiera formalizado. Existe un periodo de cortesía de 60 minutos, pasado el cual se realizará un cargo adicional, durante las primeras 24 horas, de un día más de alquiler al precio de la Tarifa General en vigor. Trascurridas 24 horas de demora en la devolución del Vehículo, el cargo se realizará por los días que transcurran hasta la entrega efectiva del Vehículo.
3.3. En el caso de alquileres renovables o con periodicidad mensual, el Arrendatario queda obligado a comparecer en la oficina alquiladora el último día de contrato para que el arrendador pueda comprobar un checking del vehículo exterior e interior. Además de efectuar el cierre de este liquidando todos los conceptos contratados. El vehículo tiene kilómetros limitados anuales y/o por mes según lo estipulado en el contrato, por lo que cada kilómetro realizado por encima del citado límite tendrá un coste adicional según tarifa vigente. Dichos contratos/facturas de alquiler deben ser abonadas siempre por adelantado al mes del alquiler. Sino se procederá a la retirada del vehículo debiendo el arrendatario devolverlo en nuestras instalaciones.
3.4. En los alquileres renovables deberá revisarse regularmente los niveles de líquidos y aceite, y permitir las inspecciones de seguridad o revisiones que sean procedentes y conformes a las inspecciones de uso del tipo de vehículo. Estas revisiones deberán realizarse por los talleres autorizados por el Arrendador, respondiendo el Arrendatario de cualquier perjuicio que se derive de la incorrecta reposición de los niveles de líquido del motor del vehículo arrendado. En estos alquileres será obligación del Arrendatario respetar la limitación de kilometraje máximo realizable y comunicar este al Arrendador.
3.5. Todas las personas identificadas en el contrato de alquiler responderán solidariamente del pago de cualquier cantidad debida derivada del contrato.
3.6. El Arrendatario se compromete a pagar al Arrendador:
3.6.1. – Los cargos por el alquiler del tipo de vehículo presupuestado según las tarifas vigentes del Arrendador y precio pactado en el contrato de alquiler.
3.6.2. – Los servicios extras que contratara o utilizara a abonar según las tarifas vigentes del Arrendador. 3.6.3. – Se establece un depósito o fianza a retener al Arrendatario al inicio del contrato y a devolver en el momento de la recepción del Vehículo siempre y cuando después de verificar que tanto el correcto estado interior y exterior de este, de forma que se corresponda con el estado de la entrega, como el cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente contrato. El importe del depósito o fianza será el determinado al dorso del contrato para cada tipo de vehículo alquilado y que estipule el Arrendador. 3.6.4. – La aplicación de la tarifa convenida inicialmente queda supeditada a que la devolución del Vehículo se realice en la fecha y lugar previstos.
3.6.5. – En caso de que el Arrendatario quisiera disfrutar del Vehículo por tiempo superior al pactado, se compromete a obtener expresa autorización escrita del Arrendador pagando anticipadamente el importe correspondiente a la prolongación del alquiler. 3.6.6. – Los cargos ocasionados por la pérdida de la documentación del Vehículo, así como la pérdida de neumáticos, herramientas, y accesorios, incluido daños en llantas y neumáticos por culpa o negligencia del cliente.
3.6.7. – Los costes de reparación de los daños causados al Vehículo, en caso de accidente, cuando concurran las siguientes circunstancias:
3.6.7.1. Que el Vehículo no fuera utilizado de acuerdo con las condiciones establecidas.
3.6.7.2. Que el parte de accidente no hubiera sido cumplimentado en el plazo señalado o que no se ajustase a la realidad de los hechos producidos.
3.6.8. – Las multas y gastos judiciales motivados por infracciones de tráfico o infracción de las leyes, reglamentos u ordenanzas y tramites de gestión, por parte del Arrendatario.
3.6.9. – El arrendatario satisfará y será responsable como si fuera propietario del Vehículo frente a las multas o sanciones que cualquier órgano administrativo imponga por razón de la utilización del Vehículo, así como por estado del mismo en los casos imputables a éste.
3.6.10. – El Arrendatario deberá reembolsar al Arrendador los importes, incluidos los recargos o intereses de cualquier tipo, que se vea obligado a abonar por razón de las multas o sanciones impuestas como propietario del Vehículo.
3.6.11. – En caso de repostaje equivocado, el cliente pagará todos los gastos ocasionados (grúa, vaciado de depósito, etc.).
3.6.12. – En caso de daños o deterioro no vinculado al desgaste habitual por uso en elementos no cubiertos por el seguro y/ ocasionados por mal uso, descuido o negligencia del Arrendatario, éste pagará todos los gastos ocasionados.
3.6.13. – Limpieza excepcional o reparación de tapicerías, cromados o paneles interiores por efecto de marcas, roturas, degradación o manchas que produzcan deterioro o necesidad de reparación estética, sustitución o tratamiento de limpieza excepcional en elementos del vehículo cuyo origen sea imputable al uso realizado por el arrendatario. El coste de esta limpieza se regirá según lo establecido en los costes extras a abonar según las tarifas vigentes.
3.6.14. – De necesitar sustitución de algún elemento por imposibilidad de eliminar o limpiar el deterioro, el Arrendatario pagará el precio estipulado según la tarifa del Servicio Oficial de la marca ó recambista especializado.
3.6.15. – Todas las tarifas publicitadas están sujetas a cambios sin previo aviso. Las ofertas especiales pueden darse de baja en cualquier momento.
3.6.16. – El Arrendatario mediante la firma del presente contrato autoriza al Arrendador a realizar los cargos en su tarjeta de crédito de cuantos importes se hubiera acordado realizar o quedaran pendientes a la finalización del contrato por pago de alquiler, daños ocasionados al Vehículo no cubiertos por el seguro suscrito, o cualquier otro concepto imputable al Arrendatario, haciéndole constar el desglose de los cargos.
3.6.17. – El degaste del kit de embrague cuando nuestros asesores de taller nos informe que haya sido por mal uso del conductor se hará responsable el arrendatario del vehículo.
3.6.18. – El Arrendador se hará cargo de los importes por abonar de los neumáticos por desgastes en nuestros talleres autorizados. Pero así se hará cargo el cliente de los importes y reparaciones de los neumáticos por pinchazos o roturas tanto del neumático como de golpes o roturas en la llanta.
3.6.19. – Para el caso de alquileres de larga duración al mismo Arrendatario tendrá un limite de un cambio de 4 neumáticos por año por parte del Arrendador. El resto correrá a cargo del Arrendatario.
3.6.20. – El Arrendatario deberá informar al Arrendador en caso de desgastes o avisos de averías, sustitución de pastillas frenos, cambio de aceite y estos serán asumidos por el Arrendador en caso de ser considerados de mantenimiento y dentro de los márgenes de kilómetros y/o revisiones periódicas establecidas. Pero en caso de abusar de dichas piezas desgastadas y no sustituidas, así como de las averías que estas u otras ocasionen por no acudir el arrendatario a tiempo al taller, los daños que ocasione la no sustitución de las mismas o averías que surjan por no hacer el mantenimiento/sustitución de las mismas correrán a cargo del Arrendatario. El tiempo de reparación por cualquier avería del vehículo NO conlleva la obligación del Arrendador de poner a disposición del arrendatario un vehículo de sustitución.
3.6.21. – Las sanciones por no llevar la tarjeta de Transportes u otra documentación que se solicite al conductor ajenas a Espino Cars serán a cargo del Arrendatario siendo este responsable de las mismas
4. Seguros
4.1. Las tarifas de alquiler incluyen las coberturas del seguro contratadas por el arrendatario y en todo caso las obligatorias del Vehículo y del complementario de responsabilidad con garantías limitadas por los daños y perjuicios frente a terceros derivados del uso y circulación del Vehículo.
4.2. Estas coberturas quedan garantizadas y son asumidas por el asegurador con el que el Arrendador tenga concertada la correspondiente póliza de seguro y quedan sujetas a lo pactado en el condicionado general y particular de la misma, y a lo regulado en la legislación vigente.
4.3. Mediante la firma del contrato de alquiler, el Arrendatario se adhiere como asegurado a la mencionada póliza de la cual existe una copia en la sede social del Arrendador, que puede ser consultada por el Arrendatario. Cualquier conductor adicional está sujeto a los términos y condiciones y limitaciones de nuestra póliza.
4.4. Esta póliza no cubre los daños, pérdidas ni cualquier otro perjuicio sufrido en los equipajes, mercancías u objetos transportados en el vehículo, ni daños por vandalismo.
4.5. El seguro del vehículo no cubre los desperfectos ocasionados por negligencia o imprudencia al volante, por lo que el cliente será responsable del buen uso del vehículo. También están excluidas de la cobertura del seguro las averías no fortuitas, los daños en la mercancía transportada o la pérdida de la misma, por lo que el arrendatario se hará cargo económicamente de estos daños. En caso de daños al vehículo sin responsabilidad del contrario no se devolverá el importe depositado en concepto de fianza además se facturará al arrendatario los cargos que por daños ya mencionados.
4.6. En caso de robo del vehículo no se devolverá el importe de la fianza.
4.7. El Arrendatario acepta ayudar y cooperar con nuestra aseguradora en caso de reclamación de un tercero. Así mismo acepta la responsabilidad por cualquier incumplimiento de informar lo antes posible sobre reclamaciones de terceros. Ante cualquier fraude o incumplimiento de los términos y condiciones de nuestra póliza o ante cualquier incumplimiento generado por un mal uso del vehículo que invalide la cobertura que proporciona nuestra póliza de responsabilidad civil, el cliente será responsable a título personal de los daños que se generen.
4.8. La edad mínima de alquiler es de 25 años y el permiso de conducir debe tener validez en Europa y una antigüedad mínima de 2 años, (excepto para algunos vehículos de alta gama que se exigirá un mínimo de 30 años y una antigüedad de 3 años en el permiso e circulación).
5. Utilización del Vehículo
5.1. El Cliente y el Conductor Autorizado que utilice el Vehículo deberán usarlo de modo diligente y conforme a su propio destino, cumpliendo en todo momento las prescripciones técnicas contenidas en los manuales del fabricante respecto a utilización, conservación, revisiones y reparaciones.
5.2. Sólo están autorizados a conducir el vehículo el Arrendatario y las personas debidamente identificadas en el contrato y autorizadas para ello, titulares del permiso de conducción correspondiente.
5.3. El Arrendatario se compromete a conducir el vehículo conforme a las normas del Código de Circulación y las especificaciones de uso del tipo de vehículo, siendo de su cargo el importe de las multas por cualquier infracción a la legislación vigente aplicable en que pueda incurrir el arrendatario.
5.4. Queda expresamente prohibido al Cliente:
5.4.1. Permitir que conduzcan personas no autorizadas expresamente por ESPINO CARS, S.L.
5.4.2. Utilizar el Vehículo para pruebas deportivas de cualquier clase o como vehículo de aprendizaje. Conducir o permitir que el Vehículo sea conducido en inferioridad de condiciones físicas o psíquicas, motivadas por el consumo de alcohol, drogas, medicamentos o en estado de fatiga o enfermedad.
5.4.3. Transportar en el Vehículo materias explosivas, inflamables, corrosivas, drogas, estupefacientes, etc., salvo que disponga de autorización expresa y escrita de ESPINO CARS, S.L. al efecto.
5.4.4. Desprecintar o manipular el cuentakilómetros, debiendo comunicar inmediatamente a ESPINO CARS, S.L. cualquier avería en el mismo.
5.4.5. Desprecintar o manipular el tacógrafo.
5.4.6. Circular por caminos o parajes que, por su deficiente estado, puedan causar desperfectos en el Vehículo. 5.4.7. No realizar modificación o alteración del Vehículo sin el previo consentimiento escrito de ESPINO CARS, S.L. 5.4.8. Rotular o modificar la imagen exterior del vehículo.
5.4.9. La instalación en el vehículo por el arrendatario de accesorios, equipos e inscripciones publicitarias sin previa autorización por escrito del arrendador.
5.4.10 Trasladar el vehículo a otra isla diferente en la que se encuentre en el momento de la entrega del vehículo, salvo que el arrendatario comunique por escrito al arrendador su decisión de trasladarlo a otra isla.
5.4.11. Transporte remunerado de pasajeros. Transporte de pasajeros en número superior al autorizado e indicado en la Ficha de Inspección Técnica del vehículo.
5.4.12. Empujar o remolcar cualquier vehículo o cualquier otro objeto, rodante o no.
5.4.13. Transporte de mercancías que infrinjan la ley o las disposiciones legales vigentes o con fines ilícitos.
5.4.14. No efectuar modificaciones en la estructura ni montar sobre el techo baca o equipajes/mercancías. 5.4.15. No circular con el vehículo fuera de territorio de la comunidad autónoma de canarias.
5.4.16. Traslados entre islas excepto con autorización de ESPINO CARS, S.L.
5.4.17. El Arrendatario se compromete a mantener el vehículo cerrado cuando no lo utilice y a conservar en su interior los documentos del mismo.
5.4.18. El Cliente se compromete en el desarrollo de su actividad, a cumplir rigurosamente todas las disposiciones legales y administrativas que estén vigentes o que se dicten durante el plazo de vigencia del Contrato, en especial con las disposiciones laborales.
5.4.19. El Arrendatario se compromete a detener e inmovilizar el vehículo cuando detecte alguna anomalía en su funcionamiento o se encienda algún testigo, debiendo contactar inmediatamente con el Arrendador o la compañía de asistencia que éste tenga concertada.
5.4.20. El arrendatario no podrá vender, hipotecar, pignorar o disponer del vehículo ni sus elementos en alguna forma sin el consentimiento expreso manifestado por escrito por el Arrendador.
6. Responsabilidad por daños, pérdida o sustracción del Vehículo
6.1. El arrendatario acepta la responsabilidad por daños, pérdida o robo del vehículo durante la vigencia del contrato de arrendamiento. En caso de robo del Vehículo deberá informar sobre los hechos denunciados a la oficina de alquiler, entregando el original de la denuncia policial antes de 24 horas desde su formalización, salvo situaciones de fuerza mayor, y en todo caso antes de finalizar el período de arrendamiento pactado, junto con las llaves originales del Vehículo de alquiler, otorgándose al Arrendador el derecho a resolver el contrato, así como a reclamarle la devolución inmediata del Vehículo. Se le requerirá el pago inmediato de la totalidad de la deuda que se halle pendiente independientemente de los términos de pago que hubieran sido acordados previamente.
6.2. El siniestro, avería o el robo del Vehículo NO conlleva la obligación del Arrendador de poner a disposición del arrendatario un vehículo de sustitución.
7. Accidente
7.1. En caso de accidente el Arrendatario se compromete a:
7.1.1. No abandonar el Vehículo alquilado sin tomar medidas adecuadas para protegerle.
7.1.2. No admitir frente a terceros la responsabilidad en caso de accidente.
7.1.3. Comunicar antes de 7 días el accidente al Arrendador utilizando el Parte Europeo de Accidentes. 7.1.4. Obtener los datos completos de la parte contraria y posibles testigos, cumplimentando un parte de accidente, que remitirá al arrendador, dentro de un plazo de cuarenta y ocho horas después de producirse el mismo.
7.1.5. Recopilar los nombres y direcciones de los implicados en el accidente y comunicárselos al Arrendador. Si el contrario se negara a firmar, el arrendatario deberá solicitar la presencia in situ policial para el esclarecimiento de los hechos, de lo contrario se considerará al Arrendatario como responsable del accidente, salvo prueba en contrario aportada.
7.1.6. Prestar asistencia tanto al Arrendador como a la aseguradora en cualquier procedimiento legal. 7.2. El Arrendatario será responsable del pago de todos deterioros del Vehículo que no sean satisfechos por el seguro.
8. Protección de datos
8.1. De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal y su reglamento de desarrollo, le informamos que los datos que figuran en el presente contrato serán incluidos y tratados en un fichero propiedad de ESPINO CARS S.L. con la finalidad de gestionar la relación contractual surgida, así como para fines comerciales tales como mantenerle puntualmente informado de todas aquellas ofertas, productos y promociones, propias o de terceros, que puedan ser de su interés, bien por correo electrónico, bien por cualquier otro modo equivalente.
8.2. En caso de accidente o siniestro sus datos podrán ser cedidos a la compañía aseguradora y/o corredor de seguros con la que trabaje la sociedad arrendadora del presente contrato. Sus datos también podrán ser facilitados a la policía o a las autoridades. 8.3. En el caso de comunicaciones comerciales a través de correo electrónico o medio equivalente, y de conformidad con lo establecido en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico, usted otorga su consentimiento expreso para el envío de publicidad a través de dicho medio. Dicho consentimiento podrá ser revocado en cualquier momento.
8.4. El Arrendador, podrá comunicar los datos del Arrendatario a ficheros de información de solvencia patrimonial y crédito, de conformidad con lo previsto en la normativa vigente en materia de protección de datos, si el Arrendatario incurriera en cualquier tipo de impago con motivos de los servicios de alquiler contratados y previo requerimiento de pago insatisfactorio por parte del Arrendador.
8.5. Para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos podrá dirigirse por escrito a la dirección CALLE ISA, 20. 35500 ARRECIFE – LANZAROTE, LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, o en la dirección de correo electrónico info@fullcargo.es acompañando copia de su DNI.
9. Resolución de contrato
9.1. Las partes tendrán derecho a resolver el contrato de concurrir causa legal para ello. El Arrendador tendrá derecho a resolver el contrato con efectos inmediatos, en el caso de que el Arrendatario incurra en mora que se producirá el día siguiente del vencimiento de la obligación de pago correspondiente, sin que sea necesario requerimiento alguno.
9.2. Tendrán la consideración de causa justa para resolver el contrato:
9.2.1. Utilización del Vehículo no adecuada a su destino o que cause daños al mismo de forma dolosa o gravemente negligente, inclusive la falta de mantenimiento o revisiones cuando viniera obligado a ello.
9.2.2. Los costes producidos por devolución de recibos, cheques, pagarés, giros, cargos en tarjeta de crédito, salvo que el Arrendatario proceda al pago en el plazo de siete días, o el incumplimiento de las condiciones de pago previamente acordada por el arrendador.
9.2.3. Incumplimiento de cualquiera de las condiciones previstas en el presente contrato.
9.3. En caso de una elevada siniestralidad. En todo caso, el Arrendador tendrá derecho, al resolver el contrato y a retirar el Vehículo allí donde se hallare.
9.4. En caso de resolución del contrato, vendrá el Arrendatario obligado a la inmediata devolución del vehículo, llaves, la documentación y los accesorios.
9.5. En caso de resolución contractual podrán las partes reclamarse mutuamente los daños y perjuicios que la misma le haya ocasionado, lo que incluye no solo el daño emergente, sino también el lucro cesante por la falta de disponibilidad del Vehículo.
10. Legislación
10.1. El presente contrato se rige por la normativa y jurisdicción española.