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FAQs

Preguntas Frecuentes

Debe estar en posesión del permiso de conducir correspondiente, con dos años de antigüedad en vigor y tener, al menos, 23 años, salvo que el cliente haya contratado la posibilidad de que el vehículo sea conducido por un conductor entre 21 y 23.
Recuerde que debe presentar obligatoriamente el permiso de conducir en la oficina a la hora de formalizar el contrato.
En caso de que el arrendatario sea un individuo no español, deberá presentar obligatoriamente un documento justificando su residencia en la provincia dónde desee retirar el vehículo; además del permiso de conducir correspondiente y su documento de identificación personal.

El alquiler del vehículo sí se puede pagar en efectivo (siempre y cuando el importe del alquiler no sobrepase el importe de 1.000€ impuestos incluidos), mientras que la fianza es obligatoria pagarla mediante tarjeta de crédito o débito.

El pago del alquiler puede realizarse de varias formas, ya sea en efectivo, pago con tarjeta de crédito o débito, o una transferencia previa a la retirada del vehículo. En cuanto al pago de la Fianza, ésta debe de abonarse obligatoriamente a través de tarjeta de crédito o débito, cuyo titular debe ser el mismo que el titular del contrato de alquiler. En caso contrario, éste deberá aportar una autorización del titular de la tarjeta de crédito o débito.

Se le realizará un cargo correspondiente al kilometraje de exceso por el coste del kilómetro extra en vigor.

Sí, es posible devolver el vehículo en otra oficina de Fullcargo pero siempre se ha de consultar primero con la oficina correspondiente, ya que este servicio tiene un coste adicional y está sujeto a disponibilidad.

En Fullcargo no hay limitación en número de conductores. Pueden conducir el vehículo tantas personas/conductores como sean autorizados para hacerlo a la hora de formalizar el contrato de alquiler. Se debe solicitar en la oficina y presentar los permisos de conducir vigentes de cada conductor que desee conducir el vehículo. Cada conductor adicional que se añada, tiene un coste para el cliente, que varía en función de la tipología de vehículo alquilado. Consulte previamente en la oficina.

Si tuviese cualquier problema con su vehículo, deberá llamar a la oficina donde retiró el vehículo o bien al teléfono de atención al cliente que se le proporcionará en el momento de formalizar el alquiler; y le atenderán y solucionarán su problema de la mejor y más rápida forma posible.

A día de hoy, no es posible recoger el vehículo fuera del horario de oficina aunque es algo en lo que estamos trabajando para poder dar un servicio más completo al cliente. La devolución del vehículo si es posible realizarla fuera de nuestro horario de oficina gracias al Buzón de Llaves. Actualmente contamos con este servicio en todas nuestras delegaciones.

Los precios de Fullcargo incluyen un seguro a terceros con franquicia (esta dependerá del modelo del vehículo en cuestión). Esta franquicia será su responsabilidad ante los daños ocasionados al vehículo, salvo circunstancias no cubiertas por el seguro que se exponen en la siguiente pregunta.
 
Al margen de esta cobertura, el cliente puede contratar dos tipos de coberturas adicionales a la anterior:
 
1. Cobertura reducción de franquicia: Contratando esta cobertura, el arrendatario es responsable de todos los daños causados al vehículo con el límite del importe de la fianza, con excepciones previstas, en cuyo caso la responsabilidad del arrendatario se extiende al importe completo de la reparación.
 
2. Cobertura total: Contratando esta cobertura, el arrendatario no responderá de los daños causados al vehículo, con las excepciones previstas en el siguiente punto, en cuyo caso la responsabilidad del arrendatario se extiende al importe completo de la reparación.
 
3. Cobertura lunas: Contratando esta cobertura, el arrendatario no responderá de los daños, roturas y/o impactos en las lunas del vehículo. En caso contrario, el arrendatario será responsable del coste de reparación y/o sustitución de los daños, roturas y/o impactos.
 
El arrendatario será responsable del buen uso del vehículo.
 
El seguro del vehículo no cubre los daños ocasionados por negligencias o imprudencias del conductor, las averías no fortuitas, los daños producidos a la mercancía transportada o la pérdida de la misma.
• Golpes en partes altas del vehículo.
• Golpes en partes bajas del vehículo (por ejemplo, eje delantero, eje trasero, diferencial, cárter, caja de cambios, etc.).
• Golpes frontales (cualquier colisión por alcance).
• Vuelcos y/o salidas de carretera.
• Incendio, gripaje u otro daños derivados de dejar el vehículo al ralentí.
• Daños producidos por conducir bajo el efecto de las drogas, alcohol o medicamento.
• Daños por conducir incumpliendo las normas de circulación vial o de manera negligente.
• Daños causados por conductor recusado por Covey o que no estuviera en posesión del permiso de conducción correspondiente.
• El robo del vehículo encontrándose éste con las llaves puestas (negligencia grave).
• Daños producidos por conducta inapropiada, intencionados o en la comisión de cualquier falta o delito.
• Daños de repostar combustible inadecuado.
• Sustracción de elementos del vehículo (por ejemplo, catalizadores, display, equipo de frío, etc.)
No. La solicitud de autorización de transporte, en caso necesario, corresponde al arrendador.
Las empresas de alquiler sin conductor están exentas de dicha autorización.

Para circular entre diferentes islas, necesitará la previa autorización de Fullcargo. Se debe hacer la consulta con la oficina correspondiente como mínimo con 48 horas de antelación. Asimismo queda prohibido realizar traslados entre fuera de Canarias, sin autorización previa de Fullcargo.

En Fullcargo le entregamos el vehículo, en la mayoría de los casos, FULL.
 
Usted tendrá que devolverlo con el mismo nivel de combustible con el que lo retiró. En caso de que el cliente dejase menos combustible se le facturará la cantidad correspondiente según el precio establecido por Fullcargo.

No. En Fullcargo un día de alquiler se considera como el periodo de 24 horas que comienza en el momento de iniciarse el alquiler; no obstante pueden darse diversas circunstancias que provocan un retraso, es por ello que añadimos un periodo de gracia de una hora; a partir de la cual, cada fracción de hora de retraso tendrá un coste.

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